¿Qué establece la nueva normativa BIM en el Perú? (RD N° 0007-2025-EF/63.01)

Normativa / BIM Perú Lectura: 3 min MEF / DGPMI
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), aprobó la Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/63.01. Esta norma acelera y estandariza la transformación digital de la obra pública en el Perú, estableciendo el uso obligatorio de la metodología BIM (Building Information Modeling).

Puntos Clave de la Normativa

  • 14 Tipologías Obligatorias: Riego, carreteras, hospitales, comisarías y universidades deberán aplicar BIM.
  • Cronograma Estricto: 60 días para adecuación interna y 12 meses para la obligatoriedad total.
  • Estándares Técnicos: Requisitos mínimos de hardware, trabajo colaborativo en la nube (CDE) e interoperabilidad con openBIM.
Dispositivo Legal Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/63.01
Entidad Emisora MEF - DGPMI (Gobierno del Perú)
Metodología Building Information Modeling (BIM) / openBIM
Alcance Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
Efecto Principal Obligatoriedad en la formulación, evaluación y ejecución de inversión pública

El proceso de modernización de la gestión pública en el Perú da un paso decisivo. Con la emisión de la Resolución Directoral N° 0007-2025-EF/63.01, el MEF fija los lineamientos técnicos y operativos para la adopción obligatoria de BIM en proyectos clave, buscando optimizar tiempos, controlar costos y garantizar la transparencia en los expedientes técnicos y la ejecución de obras.


1. Las 14 obras públicas que obligatoriamente usarán BIM

Si trabajas, proyectas o licitas dentro del sector público a nivel de Gobierno Nacional o Regional, la metodología BIM se convierte en un requisito indispensable para las siguientes tipologías de proyectos:

1. Hospitales y establecimientos de salud
2. Carreteras nacionales
3. Carreteras departamentales
4. Sistemas integrados de transporte
5. Comisarías
6. Infraestructura de riego
7. Defensas ribereñas
8. Protección de quebradas
9. Desembarcaderos pesqueros artesanales
10. Universidades públicas (educación superior)
11. Gestión institucional en universidades
12. Redes de internet fijo
13. Infraestructura cultural e industrias creativas
14. Centros de innovación tecnológica (CTI)

2. ¿A partir de cuándo es obligatorio? (Los plazos)

El MEF ha planteado un esquema de implementación por etapas para permitir que el ecosistema técnico e institucional se adapte correctamente:

  • Adecuación interna (60 días): Las entidades públicas cuentan con 60 días calendario para evaluar y adecuar sus equipos tecnológicos, infraestructura digital y procesos internos.
  • Obligatoriedad total (12 meses): Cumplido el año de la publicación de la norma, el uso de BIM será de carácter imperativo:
    • Todo proyecto nuevo (a nivel de Idea) aplicará BIM durante todo su ciclo de vida: desde los estudios previos hasta la ejecución de la obra.
    • Los proyectos en fase de formulación deberán incorporar la metodología al momento de elaborar el Expediente Técnico (con excepción de infraestructura de riego, comisarías y carreteras departamentales).
"El uso de formatos abiertos como IFC garantiza la transparencia, la durabilidad de los datos y evita la dependencia de licencias de software específicas en la obra pública."

3. Exigencias técnicas: Hardware, Software y CDE

Para evitar "modelados decorativos" o expedientes que no aporten valor real en campo, la norma incorpora una Nota Técnica con exigencias operativas mínimas:

  • Equipos potentes (Hardware): Se fijan requisitos mínimos para los perfiles clave. Las estaciones de trabajo para coordinadores y modeladores exigirán procesadores de al menos 4.0 GHz, 32 GB de memoria RAM y tarjetas de video dedicadas.
  • Entorno de Datos Comunes (CDE): Toda la documentación e información gráfica/no gráfica de la obra deberá centralizarse en una plataforma colaborativa en la nube bajo estándares de seguridad internacional como la norma ISO 27001.
  • Formato Abierto (openBIM): Es obligatorio el uso de estándares abiertos (archivos IFC y BCF) para garantizar el intercambio de datos entre los distintos agentes del proyecto sin restricción de software o marcas comerciales.
  • Auditoría en tiempo real: Las plataformas digitales utilizadas deben permitir un acceso directo, transparente y permanente a la DGPMI del MEF en las etapas de "Publicado" y "Archivo".
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